El Ministerio de Justicia comunica que, en virtud de los Puntos Resolutivos de la Sentencia del 2 de setiembre del 2004 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, esta Cartera de Estado articula acciones con otras instituciones para brindar a familiares y víctimas del Instituto “Panchito López” (extinto) entre el 14 de agosto de 1996 y el 25 de julio de 2001, tratamiento médico, psicológico y vocacional, conforme a lo textualmente establecido en la Sentencia de referencia.
• “El Estado debe brindar tratamiento psicológico a todos los ex internos del Instituto entre el 14 de agosto de 1996 y el 25 de julio de 2001; tratamiento médico y/o psicológico a los ex internos heridos en los incendios, y tratamiento psicológico a los familiares de los internos fallecidos y heridos” (Punto Resolutivo N° 12);
• “El Estado debe brindar asistencia vocacional, así como un programa de educación especial destinado a los ex internos del Instituto entre el 14 de agosto de 1996 y el 25 de julio de 2001” (Punto Resolutivo N° 13).
Que, a efectos de articular dichas asistencias, el Ministerio de Justicia habilita a víctimas y familiares los siguientes canales de comunicación:
– Correo electrónico: derechoshumanos.mjt@gmail.com
– Sede de la Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, sito en Brasil 1022 c/ Tte. Fariña (Asunción), 7:00 a 15:00 horas.
– Formulario en línea: https://forms.gle/PX64zvXUHBQFKEt19